Trabajar en Alemania · Información General · Constitución Alemana · Capítulo VI - Del Gobierno Federal Trabajar en Alemania | contáctenos
Necesita la Ciudadania Europea?
Contáctese con nosotros
Nombre

Email

Teléfono

País

Consulta

Capítulo VI - Del Gobierno Federal


("Die Bundesregierung")

Artículo 62
El Gobierno Federal estará compuesto por el Canciller federal (Bundeskanzler) y los Ministros federales (Bundesminister).

Artículo 63
1. El Canciller federal será elegido a propuesta (auf Vorschlag) del Presidente de la Republica por la Dieta Federal sin debate alguno.

2. Será elegido quien obtenga los votos de la mayoría de los componentes de la Dieta Federal. El elegido deberá ser nombrado por el Presidente federal.

3. Si la persona propuesta no fuere elegida, podrá la Dieta Federal, dentro de un plazo de catorce días tras la operación electoral, elegir un Canciller federal por más de la mitad de sus miembros.

4. De no celebrarse elección dentro del plazo de referencia, deberá celebrarse sin demora una nueva elección, en la cual resultará elegido quien consiga el mayor numero de votos. Si la persona electa hubiere obtenido los votos de la mayoría de los componentes de la Dieta Federal, deberá el Presidente de la Republica nombrarle formalmente dentro de los siete días siguientes. Si la persona electa no hubiere alcanzado dicha mayoría, el Presidente federal deberá, dentro de los siete días siguientes, ora nombrar al así elegido, ora disolver la Dieta Federal.

Artículo 64
1. Los Ministros federales serán nombrados y revocados por el Presidente de la Republica o a propuesta del Canciller federal.

2. El Canciller federal y los Ministros federales prestaran, al tomar posesión de sus cargos, el juramento previsto en el artículo 56.

Artículo 65
El Canciller federal determinará las directrices de la política y asumirá la responsabilidad de las mismas. Dentro de esas directrices (Richtlinien) cada Ministro federal dirigirá su ámbito de competencia (Geschaftsbereich) con independencia y bajo su propia responsabilidad. El Gobierno Federal se pronunciará sobre las discrepancias de parecer entre los Ministros federales.
El Canciller federal dirigirá los asuntos del Gobierno mediante un Reglamento interior acordado por el propio Gobierno y aprobado por el Presidente de la Republica.

Artículo 65.a.
1. El Ministro federal de Defensa tendrá la potestad de mando (die Befehls-und Kommandogewalt) sobre las Fuerzas Armadas.

2. Derogado por la ley de 24 de junio de 1968 (B. L. F., I, pag. 709).

Artículo 66
El Canciller federal y los Ministros federales no podrán ejercer ningún otro cargo retribuido, actividad económica o profesión ni pertenecer a la dirección (Leitung) ni, sin permiso de la Dieta Federal, al Consejo de Vigilancia (Aufsichtsrat) de empresa alguna con fin lucrativo.

Artículo 67
1. La Dieta Federal no podrá manifestar su desconfianza (Misstrauen) al Canciller Federal sino eligiéndole un sucesor por mayoría de sus componentes, y requiriendo al Presidente Federal a que revoque al Canciller. El Presidente Federal deberá atenerse al requerimiento y nombrar al así designado.

2. Deberán transcurrir cuarenta y ocho horas, por lo menos, entre la moción (Antrag) y la elección.

Artículo 68
1. Si una moción del Canciller federal, con vistas a un voto de confianza, no obtuviere el asentimiento de la mayoría de los miembros de la Dieta Federal, podrá el Presidente de la Republica, a propuesta del Canciller federal, disolver la Dieta dentro de los veintiún días siguientes. El derecho de disolución (das Recht zur Aufiosung) caducará, sin embargo, tan pronto como la Dieta Federal elija a otro Canciller por mayoría de sus componentes.

2. Deberán mediar cuarenta y ocho horas, por lo menos, entre la moción y la votación (die Abstimmung).

Artículo 69
1. El Canciller federal designará como Vicecanciller a uno de los Ministros federales.

2. El mandato del Canciller federal o de cualquier Ministro federal caducará en cualquier caso al reunirse una nueva Dieta Federal, y el de los Ministros federales expirará también al finalizar, por cualquier otro motivo, el del propio Canciller.

3. A requerimiento (Auf Ersuchen) del Presidente Federal, estará obligado el Canciller federal, y todo Ministro federal estará igualmente obligado a requerimiento del propio Presidente o del Canciller, a seguir despachando los asuntos hasta el nombramiento de su sucesor.

 

Para contactarse con nosotros para tramitar la ciudadanía
por favor complete el siguiente formulario
Nombre Email
Telefono Pais
Comentario
Your Ad Here